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Acceso a medicamentos: un pendiente más por Staff
10 de Febrero de 2012

El pasado 14 de enero, Norma Loaeza, derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) acudió, como habitualmente lo hace, al Hospital General de Zona (HGZ1A) Venados a que le surtieran Interferón, el principal medicamento indicado para su padecimiento, esclerosis múltiple. Después de haber cumplido con el de por sí largo trámite para que le surtieran el medicamento en la farmacia del hospital, le fueron dadas únicamente dos de las cuatro inyecciones que requiere al mes. En el hospital alegaron que no les habían surtido el insumo. Al momento de publicarse este artículo –es decir, más de tres semanas después de recetadas y solicitadas las inyecciones– la paciente por fin logró conseguir la dosis faltante.

El caso de Norma visibiliza una situación común a la que se enfrentan personas usuarias de todas las instituciones de salud pública, e ilustra particularmente las consecuencias a las que se exponen quienes padecen enfermedades crónico-degenerativas cuando les es negado el acceso a tratamiento. En el caso especial de quienes padecen esclerosis, la falta de disponibilidad de medicamentos expone a estas personas a una de dos situaciones: el potencial agravamiento de su padecimiento o a verse envueltas en un serio aprieto económico. Como sucede con todo tratamiento, es importante no suspenderlo arbitrariamente. Por el contrario, es necesario hacerlo de manera gradual, ya que cortarlo de pronto puede detonar una crisis en los pacientes. Si la suspensión no es la opción, entonces la forma de acceder al Interferón es a través un sitio de Internet que lo comercializa, pues no está a la venta en farmacias privadas. Esta compañía ofrece la caja con cuatro ampolletas en 16,000 pesos, con los beneficios de pagarse en mensualidades y un cómodo servicio de enfermería a domicilio para su aplicación.

El acceso a medicamentos y la posibilidad de que éstos –así como los servicios médicos– sean asequibles en términos económicos, son derechos que derivan de mandatos constitucionales establecidos en los artículos 1ro y 4to de la Carta Magna, y se refrendan en la Ley General de Salud. Por otro lado, uno de los objetivos principales del Sistema Público de Salud es financiar el acceso efectivo a bienes y servicios de salud. Sin embargo, precisamente el cumplimiento de estos derechos y obligaciones representa dos de las tareas pendientes en este ámbito.

Para ejemplificar lo anterior, revisemos los siguientes datos. Según la Encuesta de Ingresos y Gastos en los Hogares 2010, la mayor parte del gasto privado en bienes y servicios de salud se realiza en medicamentos. Según sus datos, del total de expendios que las familias tienen en este rubro, el 25% es en medicamentos recetados, 4% en medicamentos sin receta y material y hasta 3% en medicamentos y servicios durante el embarazo. Es decir, al menos una tercera parte del total del gasto privado en salud se realiza en medicamentos e insumos para la salud. Por otro lado, el último reporte de Rendición de Cuentas de la Secretaría de Salud aseguraba que casi la mitad del gasto total en salud –es decir el 49%– es financiado por las personas y no por el Estado, como correspondería.

Sin desconsiderar los esfuerzos realizados por mejorar el financiamiento público y acceso a la salud, prevalecen prácticas que, como muestra el caso que de Norma, violan derechos e impactan negativamente la vida de miles las personas. Ante este panorama, es urgente y necesario que a través de acciones que involucren conjuntamente gobierno y sociedad, se identifiquen y corrijan las barreras que impiden el acceso inmediato de medicamentos a todas y todos los usuarios de los servicios de salud.