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Tras Banderas / IFAI 8 Informe por Sergio J. González
24 de Agosto de 2011

Acercándose a su primera década de vida, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, el IFAI, vive tiempos interesantes. Enfrenta por igual un proceso de renovación estructural que se apresta a su consolidación, que pulsiones antidemocráticas que se duelen de la luz del día. El búnker rojo de avenida México hierve con actividad para ajustar estructura, instalaciones y prácticas a nuevos mandatos constitucionales y legales que así lo ameritan. Espera también con ansia una ulterior y necesaria reforma a su marco jurídico que le brindará renovadas herramientas para el mejor cumplimiento de sus funciones.En medio de todo esto, la semana pasada, el Instituto presentó su octavo informe anual al Congreso de la Unión, sobre el que quiero compartirle varias reflexiones:1. Inicia con datos estadísticos de las solicitudes de acceso a la información. El solo hecho de arrancar así, como se hizo en los informes de 2008 y 2007 y se dejó de hacer con el de 2009, otorga a este reporte una arquitectura superior, pues me parece que el contenido de esa sección es la que, efectivamente, más interesa, pues aborda el ejercicio del derecho alrededor del cual se construyeron el IFAI y la ley de la materia.2. Por segundo año consecutivo (apenas), el Informe incluye una muy buena, clara y accesible explicación de algunos de los casos más relevantes de 2010. Se trata de asuntos de alto perfil: son casos en materia de telecomunicaciones o relacionados con la extinción de Luz y Fuerza del Centro; otros son del ámbito de Pemex o los préstamos de la banca de desarrollo a estados y municipios. El resto tienen que ver, entre otros temas, con créditos fiscales, que tanta atención merecieron en los medios por la resistencia del SAT a entregar la información y una inexplicable intervención de la generalmente sensata y neutral Comisión Nacional de Derechos Humanos.3. Con todo, me parece que hay otros temas que merecen especial atención: En el primer apartado (pág. 12) se informan los tiempos promedio de respuesta a solicitudes, incorporados por primera vez en el Informe de 2009. En materia de corrección de datos personales, la cifra para 2010 es de 11.9 días; en acceso a datos personales, 8.1 días, y de información pública, 13.7 días.Esto no tendría nada de extraordinario, pues todavía se respetan los límites temporales que dispone la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG), pero el Informe 2010 no compara estas cifras con ningún otro año, aunque informó sobre este tema en 2009, Informe en el que los lapsos de espera reportados fueron respectivamente, 9.6, 7.8 y 12.8 días. Evidentemente, la velocidad de respuesta a las solicitudes tiende a disminuir.Entiendo que cada año las dependencias y entidades reciben más solicitudes (crecieron 57.3% en 2007, 11.1% en 2008, 11.7% en 2009 y 3.9% en 2010), pero eso no puede ser pretexto para llevar las respuestas al límite legal o algún día ignorarlo. Es más, ni el informe de 2008 ni los previos tocaron el tema de la velocidad de respuesta y mucho menos los anteriores. Quizá ahora el IFAI la mide y reporta precisamente por la rapidez menguante.Otro tema es el relativo al crecimiento de los recursos de revisión presentados frente a solicitudes recibidas (pág. 49). El Informe 2010 reporta crecimiento cada año desde 2003 con excepción de los años 2007 y 2009, que observaron ligeras contracciones. En este tema, el incremento entre 2009 (6,038) y 2010 (8,160) fue de 35.14%, que me parece el más grande de la historia de la institución.Las declaratorias de inexistencia vienen incrementándose (pág. 51). Mientras que para 2007 fueron 4,222 y para 2008 fueron 8,208 (un aumento de 194.4%), desde ese último año siguen una línea ascendente no muy escarpada pero constante: para 2009 fueron 8,289 y para 2010 fueron 8,758.Por lo que hace a la estadística de cumplimiento de las resoluciones de los recursos de revisión por año, el porcentaje muestra también signos ominosos (pág. 60). Mientras que en el 2003 fue de 100% y en 2007 fue 99.2%, el año pasado fue de 97.9%. Hay que destacar, además, que frente a las vistas que el IFAI le da a la Secretaría de la Función Pública sobre los incumplimientos, es lamentable, como lo denuncia el propio órgano garante, que dicha secretaría no los considere como conductas graves merecedoras de sanción administrativa, aun cuando así lo dispone el numeral 63 de la LFTAIPG. ¿El mensaje? Seguir incumpliendo, al cabo no pasa nada.4. Algunas de estas llagas podrían empezar a sanar con el bálsamo de una necesaria reforma legal que, irresponsablemente, sigue atorada, con rasgos gélidos, en los pasillos de la política parlamentaria. Sobre el estado procedimental, ventajas y desventajas de la reforma de marras ya le he informado in extenso en TRAS BANDERAS previas (junio 29 y julio 6), por lo que a ellas remito al amable lector.5. Javier Corral tiene razón (blog personal, domingo 21 de agosto). Me parece que encima de los ajustes legislativos, el IFAI requiere hoy de una reforma constitucional que instaure su autonomía plena y conceda a sus resoluciones, por fin, el carácter de inatacables. Con comisionadas y comisionado como los actuales y un Congreso con visión, que a veces la tiene y nos sorprende, estoy cierto que lo veremos pronto. Al tiempo… Feliz cumpleaños, IFAI.