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Veracruz: hacia una nueva acción de inconstitucionalidad en transparencia por Oscar Guerra Ford
10 de Agosto de 2011

La reforma al artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en julio de 2007, logró establecer los fundamentos que garantizan de forma efectiva el ejercicio del derecho de acceso a la información pública (DALP). Entre ellos destacan la especialidad de los órganos garantes y el principio de expeditez en todos los procedimientos. Desde la señalada reforma, se han modificado diversas leyes de transparencia en los Estados, con el objetivo de cumplir con los principios de nuestra Carta Magna. A la fecha, sólo seis entidades cuentan con una legislación apegada a las disposiciones del artículo 6° Constitucional (Coahuila, Distrito Federal, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo y Veracruz). El hecho de que las legislaciones en materia de transparencia no se ajusten a lo establecido por el artículo 69 ha mermado el ejercicio del DAIP. Las acciones de inconstitucionalidad presentadas en contra de las leyes de Querétaro, Puebla y Campeche por contener disposiciones contradictorias a la CPEUM, son prueba de ello. Ahora, Veracruz podría representar una acción más